Estimamos muy importante que ante semejante proyecto vayamos comprendiendo el alcance que supone dicho cambio en la ley de la administración local.
Aclaramos que nuestro Estatuto de Autonomía blindó las competencias de la ley de administración local, estableciendo en el propio texto constitucional andaluz las competencias de esta administración, la más cercana a los
ciudadanos, de forma que este ámbito administrativo constituye una ley orgánica que no puede ser cambiada ni derogada una vez aprobado el Estatuto por parte del Parlamento andalúz y el nacional si no se realiza para ello un cambio constitucional, con todos los requisitos legales que esto conlleva. Ahora se acerca,
desgraciadamente, el momento en que podremos aquilatar como se debe esta decisión constituyente, ya que lo que en otras autonomías, así como en el estado central, dicha ley no forma parte de ninguna Orgánica como sucede en Andalucía, sino que se trata en una ley de desarrollo específico de competencias y derechos. No obstante la mayoría parlamentaria del PP en la cámara puede intentar este cambio trascendental, transfiriendo a las Diputaciones las competencias de todos los ayuntamientos españoles menores de 20000 habitantes, como es el caso de Torredelcampo.
Más allá de ideologías que puedan dividirnos a la socialdemocracia y a partidos de izquierda, sí tenemos en común que la administración local es la columna vertebral del servicio a las comunidades vecinales y es nuestro deber, y nuestro derecho conocer el alcance del atentado que pretende consumar la derecha radical, teniendo en cuenta que las Diputaciones son órganos de gobierno territorial no elegidos directamente por el pueblo, por lo que para los ayuntamientos pequeños no seremos los ciudadanos quienes decidamos quienes nos gobiernan.
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